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Defensa ante Hacienda · Sevilla

Inspecciones y requerimientos de Hacienda en Sevilla

Una carta de la Agencia Tributaria no es para entrar en pánico, pero sí para actuar a tiempo y con cabeza. Lo que respondas —y lo que no— condiciona todo el procedimiento: qué aportas, cómo lo argumentas y qué derechos haces valer.

Somos despacho fiscal y jurídico: preparamos la respuesta técnica y, si hace falta, la defensa en vía de recurso. De la primera notificación a la reclamación económico-administrativa, con una única estrategia.

Qué incluye

Un servicio completo, fiscal y jurídico

  • Análisis de la notificación y del expediente
  • Respuesta a requerimientos dentro de plazo
  • Asistencia en comprobaciones limitadas e inspecciones
  • Alegaciones a propuestas de liquidación
  • Recursos de reposición y reclamaciones ante el TEAR
  • Sanciones, aplazamientos y suspensión de la deuda
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Qué hacer (y qué no) al recibir la carta

Ni ignorarla ni contestar a ciegas. Lo primero es identificar qué procedimiento es —verificación de datos, requerimiento, comprobación limitada o inspección— y qué plazo tienes: en los requerimientos suele ser de 10 días hábiles, ampliable si se solicita a tiempo. Con eso claro, se decide qué aportar y cómo.

02

Cada procedimiento, su estrategia

No es lo mismo una comprobación limitada de un IVA trimestral que una inspección general. Cada procedimiento tiene alcances y límites distintos, y conocerlos es parte de la defensa: lo que la Administración puede pedir, lo que no, y lo que te conviene aportar en cada fase.

03

Si Hacienda ya ha liquidado o sancionado

Todavía hay camino: alegaciones, recurso de reposición y reclamación económico-administrativa, además de solicitar la suspensión de la ejecución cuando procede. Muchos asuntos se ganan por cuestiones de forma, de prueba o de motivación de la sanción.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

He recibido un requerimiento, ¿cuánto plazo tengo para contestar?

Con carácter general, 10 días hábiles desde la notificación, ampliables si se pide antes de que venzan. No conviene agotar el plazo sin tener preparada la respuesta y la documentación.

¿Puedo recurrir una sanción de Hacienda?

Sí: alegaciones en el propio procedimiento, recurso de reposición y reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo. Los plazos son estrictos (en general, un mes), así que conviene moverse pronto.

¿Qué pasa si no contesto a la carta?

El procedimiento sigue adelante sin tu versión y puede acarrear sanciones adicionales por desatender el requerimiento. Comparecer y defender tu posición siempre es la mejor opción.

No puedo pagar la deuda, ¿hay alternativas?

Sí. Se pueden solicitar aplazamientos o fraccionamientos y, si se recurre, pedir la suspensión de la ejecución con o sin garantías según el caso. Estudiamos la opción menos gravosa para ti.

¿Hablamos de tu caso? La primera consulta es sin compromiso.

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